domingo, 26 de agosto de 2007

LAS COOPERTIVAS


COOPERATIVAS: Son empresas de produccion, obtención, consumo o crédito de participación libre o democrática, conformada por personas que persiguen on objetivo en común,económico y social, en donde la participación de cada socio, en el beneficio, es determinado por el trabajo incorparado al objetivo común y no por la cantidad de dinero que haya aportado.


TIPOS DE COOPERTIVAS:
  • Coopertivas de produccion de bienes y servicios.
  • Cooperativas de consumo de bines y servicios.
  • Cooperativas de ahorro y crédito.
  • Cooperativas mixtas.

¿
PRINCIPIOS QUE RIGEN A LAS COOPERATIVAS?
Autonomía e Independencia: Ellas por si mismas, sin la intervención del estado o de otros grupos, pueden tomar las decisiones sobre el manejo de la misma,como educación, entrenamiento o información; cooperación entre cooperativas, compromisos con la comunidad, asiciación abierta y voluntaria; gestión democratica de los asociados; participación económica igualitaria de los asociados, etc...


BENEFICIOS QUE BRINDA EL ESTADO VENEZOLANO A LAS COOPERATIVAS:
  • Las protege y las promueve con la finalidad de fortalecer el desarrollo económico del país, sustentandolo en la iniciativa popular.
  • Apoya los planes de desarrollo de las cooperativas y organismos de integracion.
  • Las cooperativas seran preferidas por los institutos financieros y crediticios del estado, y de igual manera se preferiran las cooperativas en la adquisicion y prestacion de bienes y servicios por parte de los entes públicos.

LA QUIEBRA


LA QUIEBRA:
La quiebra o bancarrota es una situacion jurídica en la que una persona, empresa o imstitución no puede hacer frebte a los pagos que debe realizar (pasivo exigible), porque estos son superiores a sus recursos económicos diponibles(activos). A la persona física o jurídica que se encuentra en estado de quiebra se le denomina fallido. cuando el fallido o deudor se encuentra declarado judicial en estado de quiebra, se procede a un juicio de quiebras o procedimiento concursal, en el cual se examina si el deudor puede atender a parte de la deudad con su patrimonio y a las obligaciones de pago pendientes.

CARACTERISTICAS DE LA QUIEBRA:
  • Es una institución de insolvencia generalizada, lo que lo diferencia de la meracesación de pagos.
  • Es una situación de insolvencia permanente en el tiempo.
  • Es una situación de insolvencia susceptibles de ser apreciada objetivamente a través de hechos indicados de quiebra.
  • Es yna situación de insolvencia de tal magnitud que se torna insalvable para el deudor.

TIPOS DE QUIEBRA:
  1. Voluntaria: eb cualquier institución que no sea una municipal o financiera puede iniciar a nombre propio una petición de quiebra. La insolvencia no es necesaria para iniciar formalmente la quiebra voluntaria, ni la compañia tiene que haber incurrido en uno de los actos legales de quiebra.
  2. Involuntaria: La inicia un extraño, usualmente un acreedor.